El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, del 1 al 30 de abril de 2024, las personas físicas pueden presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023.

 Aquellos contribuyentes que como resultado de la presentación de la declaración anual se les determine impuesto a pagar, tienen la opción de hacerlo hasta en seis parcialidades. 

Esta medida será efectiva siempre y cuando el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido (abril de 2024) y el pago de la primera parcialidad se haga dentro de dicho periodo.

Además, se debe tomar en cuenta que las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan. 

Recuerda que la Declaración Anual 2023 de personas físicas es una obligación para los contribuyentes que tuvieron sueldos y salarios, de un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.

También si obtuvieron ingresos distintos de salarios o si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.

Si las personas físicas obtuvieron salarios que provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener. Si además, obtuvieron ingresos por indemnización. 

Por su parte, si los ingresos por jubilación o pensiones  que exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta y la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos. 

Las personas que realizan servicios profesionales en actividades empresariales (incluye plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad). 

Arrendamiento de bienes inmuebles y enajenación o adquisición de bienes, así como los ingresos por intereses o dividendos. 

El SAT aseguró que los aplicativos de su sitio web oficial (https://www.sat.gob.mx/) y del minisitio para personas físicas funcionan con normalidad, luego de intermitencias que se tuvieron debido a que se presentan más de mil declaraciones por minuto.

Para más información, se puede consultar el minisitio: http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2023/Paginas/index.html